UGT Y CCCO ADMITEN EL DESPIDO POR INCUMPLIMIENTO DE SERVICIOS MINIMOS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
Los sindicatos están dispuestos a aceptar la aplicación de los servicios mínimos en quince actividades esenciales, entre las que incluyen los informativos de la radiotelevisión pública y los servicios funerarios, así como el despido por resolución judicial para los trabajadores que los incumpla.
Así se establece en la propuesta de UGT y CCOO sobre regulación del derecho de huelga en los servicios esenciales de la comunidad, que fue presentada hoy en rueda de prensa por los secretarios generales de ambas centrales, Nicolás Redondo y Antonio Gutiérrez, respectivamente, y por expertos en Derecho del Trabajo y Seguridad Social que han participado en su elaboración.
Las actividades consideradas esenciales por los sindicatos son asistencia sanitaria; abastecimiento de agua y recogida de basuas; los servicios sociales necesarios para la vida o la salud y los destinados al pago de prestaciones públicas vitales; la protección civil y extinción de incendios; la protección del medio ambiente en los supuestos de riesgo, y el funcionamiento de la justicia relacionado con la libertad y seguridad de las personas.
También califican como servicios esenciales las instituciones penitenciarias; los transportes públicos terrestres, regulares y colectivos de viajeros y de mercancías de primera necesidad los transportes aéreos y marítimos; los servicios urgentes de correos y telecomunicaciones; los exámenes en la educación; el suministro de energía para usos sanitarios, domésticos y de locomoción, y la actividad aduanera para productos de uso sanitario y mercancías perecederas.
Según la propuesta de los sindicatos, que fue presentada por el catedrático de Derecho del Trabajo y la Universidad Autónoma de Madrid Luis Enrique de la Villa, estos quince servicios esenciales deberán enumerarse en una ley. La concreción de los servicios esenciales en cada sector o actividad y los servicios mínimos a aplicar en caso de huelga serán negociados por los sindicatos más representativos y la Administración.
Estos pactos tendrán duración indefinida y eficacia general, por lo que vincularían a todas las administraciones públicas, empresas y trabajadores, así como a sus representantes. Si no hay acuerdo, mediará una Comisión de Garantía, formada por expertos en Derecho Laboral de reconocido prestigio.
Un vez negociados estos pactos sectoriales, ante una huelga concreta, los sindicatos negociarán con la empresa o la administración afectada la aplicación de los servicios mínimos, designando los trabajadores que deberán cumplirlos.
Los sindicatos convocantes presentarán su propuesta con el preaviso de huelga, que deberá realizarse al menos diez días antes del inicio del paro.
COMISIONES DE GARANTIA
Según la propuesta de UGT y CCOO, habría una Comisión de Garantía de ámbito estatal, compuesta por inco miembros elegidos por las Cortes, y otras 17 autonómicas, cuyos componentes serían designados por los parlamentos regionales.
Estas comisiones estarían facultadas para dictar laudos vinculantes de eficacia general si fracasan las negociaciones, pero sólo hasta que los sindicatos y la Administración acuerden el pacto sectorial correspondiente.
Tanto los pactos sectoriales como los laudos dictados por las comisiones de garantía podrán ser impugnados por el Ministerio Fiscal, los sindicatos no irmantes y las empresas directamente afectadas por ellos, poniendo en conocimiento de los jueces estas impugnaciones.
La resolución de todos los conflictos que se deriven del ejercicio del derecho de huelga en los servicios esenciales serán competencia de los jueces de lo social, en detrimento del contencioso administrativo.
La propuesta de los sindicatos prevé sanciones para todo trabajador, empresa o responsable de la Administración que incumpla o entorpezca el funcionamiento de los servicios mnimos, sanciones que serán proporcionadas a la gravedad de las consecuencias de la infracción. Esta propuesta no prohibe la posibilidad del despido de los trabajadores que incumplan los servicios mínimos.
Nicolás Redondo y Antonio Gutiérrez insistieron en que su propuesta es la única que garantiza el derecho al ejercicio del derecho de huelga y el derecho de los ciudadanos a recibir unos servicios esenciales, y explicaron que están dispuestos a que no se convoquen varias huelgas en el mismo sector o pros en fechas señaladas.
Pidieron al Gobierno que retire su proyecto de Ley de Huelga, ya que, a su juicio, ello "puede dificultar la negociación " y su aplicación "puede llevar al desarrollo de un conflicto social durante décadas".
(SERVIMEDIA)
09 Abr 1992
NLV