EL TSJM ANULA EL DECRETO ANTITABACO DE AGUIRRE
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el decreto de la Comunidad de Madrid que en el año 2006 reguló de forma flexible la Ley Antitabaco del Gobierno por "omitir en su elaboración el informe preceptivo del Consejo de Consumo" de la región.
La Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM ha tomado esta decisión al estimar los recursos interpuesto por el Ministerio de Sanidad y Consumo, la Asociación Nofumadores.org y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra el decreto del gobierno de Esperanza Aguirre, según consta en una sentencia hecha pública hoy.
En concreto, la norma regional, decretada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, regula las medidas sanitarias frente al tabaquismo así como la venta, suministro, consumo y publicidad de los productos del tabaco en la región de Madrid.
En su recurso, el Ministerio de Sanidad alegaba que la norma de la Comunidad de Madrid quebrantaba la Ley Antitabaco impulsada por el Gobierno ya que permitía fumar en los centros de trabajo en las unidades no productivas que tuvieran una superficie inferior a 100 metros cuadrados cuando se celebraran actos conmemorativos.
Además, el decreto del gobierno de Esperanza Aguirre daba vía libre también a habilitar zonas para fumadores en bares, cafeterías y establecimientos ubicados en el interior de los centros de trabajo.
Los magistrados de la Sección Novena, presididos por el juez Ramón Verón Olarte, consideran que la norma autonómica "afecta a los derechos e intereses de los consumidores", puesto que regula "cuáles son los lugares en los que se prohíbe de forma absoluta el consumo de tabaco y así como los lugares en los que se va a permitir el consumo de tabaco con algunas limitaciones".
Por esta razón, el tribunal entiende que no podía omitirse en su elaboración el trámite del informe preceptivo del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid.
(SERVIMEDIA)
20 Ene 2009
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