TABACO. ESPAÑA TRASPONE LA DIRECTIVA QUE ENDURECE LAS ADVERTENCIAS SANITARIAS DE LAS CAJETILLAS Y REDUCE EL CONTENIDO EN NICOTINA
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El Consejo de Ministros aprobó hoy el real decreto que regula los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos; endurece las advertencias sanitarias en el etiquetado de los productos del tabaco y fija los igredientes y las denominaciones de estos productos.
Esta normativa traspone la directiva 2001/37/CE de 5 de junio y establece que, a partir del 1 de enero de 2004, cada cigarrillo no podrá tener contenidos superiores a 10 miligramos de alquitrán, 1 miligramo de nicotina y 10 miligramos de monóxido de carbono.
Los envases de estos productos llevarán impresa en su cara más visible una de las siguientes advertencias generales: "Fumar mata" o "Fumar puede matar" y "Fumar perjudica gravemente su saludy la de los que están a su alrededor".
En la otra cara más visible deberá recoger una advertencia adicional de un listado de 14: "Fumar acorta la vida", "Fumar obstruye las arterias y provoca cardiopatías y accidentes cerebrovasculares", "Fumar provoca cáncer mortal de pulmón", "Fumar durante el embarazo perjudica la salud de su hijo", "Proteja a los niños: no les haga respirar el humo de tabaco" y "Su médico y su farmacéutico pueden ayudarle a dejar de fumar".
La lista de advertencias sanitariasse completa con las siguientes: "El tabaco es muy adictivo: no empiece a fumar", "Dejar de fumar reduce el riesgo de enfermedades mortales de corazón y pulmón", "Fumar puede ser causa de una muerte lenta y dolorosa", "Ayuda para dejar de fumar: consulte a su médico o farmacéutico", "Fumar puede reducir el flujo sanguíneo y provoca impotencia" "Fumar provoca el envejecimiento de la piel", "Fumar puede dañar el esperma y reduce la fertilidad" y "El humo contiene benceno, nitrosaminas, formaldehido y cianuro e hidrógeno".
La advertencia general cubrirá al menos el 30% de la superficie exterior de la cara más visible de la unidad de envasado y la advertencia adicional al menos el 40% de la superficie exterior de la otra cara más visible correspondiente.
SE ELIMINAN LOS "LIGHT"
Además, a partir del 30 de septiembre de 2003 se prohíbe la utilización en los envases de textos, nombres, marcas e imágenes u otros signos, que den la impresión de que un determinado producto es menos nocivo que otros, como, or ejemplo, el término "light" o "suave".
Los productos del tabaco que no se ajusten a las disposiciones de este real decreto tendrán una prórroga para poder seguir comercializándose hasta el 30 de septiembre de 2003, en el caso de los cigarrillos, y hasta el 30 de septiembre de 2004, en los demás productos del tabaco.
CONSUMO DE TABACO
Sanidad afirma que el consumo de tabaco en la población española de 16 y más años, según los datos de la Encuesta Nacional de Salud (ENS) de España 2001, es de 4,4%, (16,8% exfumadores, 48,6% no fumadores). Si se comparan estos datos con los resultados obtenidos en la primera Encuesta Nacional de Salud (1987), en la que la prevalencia fue del 38,4%, se observa un ligero descenso global del consumo de tabaco.
Los patrones de consumo varían según el género. En la encuesta de 2001, el porcentaje de hombres fumadores es de 42,1% y el de mujeres del 27,2%. Si se analiza la evolución del consumo de tabaco en España de 1987 a 2001, se observa que el consumo de tabao en los hombres ha descendido sensiblemente (de 55,1% a 42,1%), en contraposición al aumento que ha experimentado el consumo de tabaco en las mujeres (de 22,9% a 27,2%).
Sanidad afirma que en 1998 se produjeron en España 55.613 muertes atribuibles al tabaco en individuos de 35 y más años, lo que representa el 16% de todos los fallecimientos ocurridos en este grupo de edad.
El 92,5% de las muertes correspondieron a varones (51.431) y el 7,5% en mujeres (4.182). Las principales causas de muerte furon cáncer de pulmón (26,5%), enfermedad pulmonar obstructiva crónica (20,9%), cardiopatía isquémica (12,8%) y enfermedad cerebrovascular (9,2%).
(SERVIMEDIA)
18 Oct 2002
EBJ