EL SUPREMO REVISARA EL 5 DE MAYO A SENTENCIA DEL "CASO ATLETICO"

- Gil fue condenado a tres años y medio de cárcel por apropiación indebida y estafa por simulación de contrato

- También fueron condenados su hijo Miguel Angel y el entonces vicepresidente del club, Enrique Cerezo.

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo estudiará el próximo 5 de mayo el recurso de casación contra la sentencia del denominado "caso Atlético", por el que Jesús Gil fue condenado a tres años y medio de cárcel porvarios delitos cometidos durante su gestión al frente del club rojiblanco y la transformación de éste en sociedad anónima deportiva, según informaron hoy fuentes del Alto Tribunal.

La sentencia que revisará el Supremo fue dictada en febrero de 2003 por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, cuyos magistrados condenaron a Jesús Gil, entonces presidente del club rojiblanco, por un delito de apropiación indebida y otro de estafa por simulación de contrato.

Los magistrado de la Audiencia Nacional también condenaron a Enrique Cerezo, vicepresidente del club, a un año de prisión por apropiación indebida y a Miguel Angel Gil Marín, hijo de Jesús Gil, a un año y medio por un delito de estafa por simulación de contrato.

La Audiencia Nacional absolvió a estas tres personas de un delito societario continuado en su modalidad de falsedad contable del que venían siendo acusados dentro del denominado "caso Atlético".

La condena impuesta por la Sala de lo Penal estuvo muy po debajo de lo que solicitaba el Fiscal Anticorrupción encargado del caso, Carlos Castresana: 17 años y medio de cárcel para Jesús Gil, 10 años, 6 meses y tres días de cárcel para su hijo Miguel Angel Gil Marín y otros 6 años y un día para Enrique Cerezo, por su gestión irregular al frente del club rojiblanco.

HECHOS PROBADOS

Según consta en la sentencia que revisará en mayo el Tribunal Supremo, los magistrados consideran probado que Jesús Gil y Enrique Cerezo se hicieron con la presidencia y la viceresidencia del Atlético del Madrid en julio de 1987.

"Al acceder a la presidencia, Jesús Gil estaba decidido a hacer suyo el club, que entonces era una entidad deportiva, configurada legalmente como una asociación privada sin ánimo de lucro, que no podría repartir beneficios, y cuyo patrimonio en caso de disolución revertiría en la Comunidad de Madrid", dice el fallo. "Para ello, se dispuso a confundir el patrimonio del club con el suyo".

Al poco tiempo de haberse hecho cargo de la Presidencia de Atlético de Madrid, en julio de 1987, se comprometió con el Consejo Superior de Deportes a no incrementar el endeudamiento ya existente del club rojiblanco, entre otras cosas.

En los años sucesivos, Gil anticipó algunas cantidades para la adquisición de derechos federativos de jugadores de fútbol de la plantilla del equipo.

En el marco de la confusión patrimonial, el presidente del Atletico de Madrid hizo que el club utilizara como propia una cuenta de Banesto, registrada en su contabilidad durate las temporadas 1989/90, 1990/91, 1991/92 y 1992/93, que constaba como de titularidad del propio Jesús Gil.

Con cargo a esa cuenta se realizaban operaciones financieras autorizadas por Jesús Gil y Gil y su grupo de empresas, por las que éstas o el susodicho financiaban al club cuando necesitaba fondos.

Además, también se realizaban operaciones derivadas de la actividad propia del club, tales como ingresos de taquillas, publicidad o televisión, pago de nóminas, adquisición o venta de derechos feerativos de inscripción, pago a proveedores... etc.

LA CUENTA DE JESÚS GIL

"De esta manera, el Club utilizaba como propia una cuenta bancaria de la que era titular Jesús Gil, a través de la cual se realizaban los cobros y pagos propios de la actividad del club", dicen los jueces. "Cuando la tesorería no podía financiar su actividad, en lugar de pedir préstamos bancarios, Jesús Gil trasladaba fondos de otras cuentas suyas o empresas que controlaba o de origen desconocido" a la mencionada cuenta, "par evitar un saldo negativo o no financiable por la entidad bancaria".

Cuando la actividad del club generaba fondos suficientes, se trasladaba el exceso de tesorería a otras cuentas bancarias de su presidente o de empresas por él controladas, "contabilizándose dichas cantidades en una cuenta deudora que recogía las obligaciones de Jesús Gil frente al Club".

Además, se elaboraron dos escrituras públicas, una en enero de 1989 y otra en julio de 1990, por las que el club, representado por su vicepresiente, Enrique Cerezo, reconocía a su presidente una deuda por 1.986.945.700 pesetas y se constituía un derecho de prenda a favor de Gil sobre los derechos de adquisición y traspaso de trece jugadores del equipo, poder que luego se extendió sobre los treinta deportistas que componían la plantilla.

El día de la transformación del club en Sociedad Anónima Deportiva, el 30 de junio de 1992, Gil y Cerezo se hicieron con el 95% del capital social, sin que ninguno de los dos hubiese aportado lo valorado en 1950.255.200 pesetas correspondientes a tal desembolso, y ello "gracias a las deudas cuyo reconocimiento había logrado, pese al compromiso que en su día había asumido de no reintegrarse más que con cargo a beneficios".

Para ocultar la falta de desembolso del capital social, Jesús Gil y su hijo Miguel Angel decidieron llevar a cabo tareas de "maquillaje de la contabilidad" a fin de evitar que apareciera cómo el patrimonio estaba por debajo del 50 por ciento del capital social, lo que legalmente hubiera mplicado una causa de disolución, salvo que se redujera el capital, lo que no estaba permitido por la normativa sobre sociedad anónima deportiva.

FALSOS JUGADORES

Para cancelar la deuda de 2.700 millones de pesetas que Jesús Gil, a través de Promociones Futbolísticas, tenía con el Atlético de Madrid, pero sin reintegrar el dinero, Gil y su hijo otorgaron cuatro contratos por los que Promociones Futbolísticas (Gil padre) cedía al club (Miguel Angel Gil) los derechos económicos y de imagen de cuatro jgadores profesionales de fútbol que no eran tales y que tasaron en 2.740 millones de pesetas, cuando su valor de mercado era bastante inferior.

Otras de las maniobras que según los magistrados realizó Gil, junto con su hijo Miguel Angel, consistió en cargar a las arcas del Atlético de Madrid obras, suministros y servicios ajenos a la entidad.

Además, los jueces consideran probado que Jesús Gil y su hijo Miguel Angel hicieron suyos al menos 427.757.747 millones de pesetas correspondientes a los inresos por ventanilla de los abonos de la temporada 99/00.

"No cabe descartar que el dinero retirado haya sido empleado para indemnizar a Antic y a Kunovac por la resolución de los contratos que les ligaban al Atlético como entrenador y ayudante de entrenador, y para el pago de parte del precio de adquisición del jugador Hasselbaink", matizan los magistrados.

EL INICIO

Este caso comenzó el 27 de julio de 1999, cuando el entonces titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la AudienciaNacional, Manuel García Castellón, decidió admitir a trámite la querella que la Fiscalía Anticorrupción presentó contra Jesús Gil y otras seis personas más por un presunto fraude que la Fiscalía Anticorrupción cifró entonces en 9.427 millones de pesetas.

(SERVIMEDIA)
13 Abr 2004
VBR