EL SUPREMO REDUCE A LA MITAD LA PENA DE UN JOVEN QUE ABUSO DE UNA RETRASADA MENTAL
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El Tribunal Supremo ha reducido de un año a seis meses lacondena impuesta a un joven de 17 años se acostó con una mujer, aprovechándose del "leve retraso mental" que ésta padece, según una sentencia del Alto Tribunal.
Los hechos ocurrieron en noviembre de 1995 en un pub de Santo Angel (Murcia) llamado "América", cuando ambos, acusado y víctima, acordaron hacer el amor en un descampado próximo. Según el relato que incluye la sentencia, el joven "se aprovechó" de que la mujer padece "un leve retraso mental que limita su capacidad de raciocinio".
El acusao alegó ante el Supremo que esa deficiencia no es suficiente para invalidar el consentimiento prestado por la víctima para mantener relaciones sexuales, "porque no equivale a un trastorno mental o a una enajenación".
Según el Alto Tribunal, "el trastorno mental no es tan grave como para privar totalmente al sujeto de esa capacidad de conocer y decidir su comportamiento sexual en libertad, pero sí limita su autodominio colocándolo en desventaja respecto a una persona totalmente normal, que de ello se pevale o aprovecha".
Por ello, el Supremo considera que los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual con acceso carnal mediante abuso de superioridad, castigado con entre uno y seis años de prisión.
Sin embargo, el Alto Tribunal tiene en cuenta el atenuante de minoría de edad del acusado, por lo que le condena a seis meses de prisión y a indemnizar a la vícitma con un millón de pesetas.
De esta manera, el Supremo anula la sentancia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, qe condenó al joven a un año de prisión y a indemnizar a la víctima con un millón de pesetas, por un delito sexual sin consentimiento, castigado con penas que oscilan entre los seis meses y los dos años de cárcel.
(SERVIMEDIA)
01 Mayo 1999
VBR