LA SEGURIDAD SOCIAL INSISTE EN QUE LA JUSTICIA LE AMPARA PARA NO CONCEDER PENSION A UNA VIUDA GITANA
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El director general del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Rafael Mateos, ha resaltado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado amparo al INSS en su decisión de no conceder la pesión de viudedad a una mujer gitana que estaba casada con el fallecido por el rito gitano.
En declaraciones a Servimedia, Rafael Mateos explicó que la pensión de viudedad no le ha sido concedida a María Luisa Muñoz "porque no estaba inscrita en el registro civil como esposa del fallecido".
"Sus hijos sí están inscritos en el registro como hijos del fallecido, lo que les da derecho a cobrar una pensión", en este caso de orfandad, señaló el director general del INSS, pero "ella no puede cobrar la d viudedad porque, al no estar casados según la norma del Derecho Civil español, no estaban inscritos en el registro".
Respecto a la situación similar que pueden vivir las parejas de hecho, Mateos advirtió de que "tampoco tienen derecho a prestación por el mismo motivo, ya que no están inscritas en el Registro Civil como matrimonio".
Según la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó el pasado mes de noviembre, María Luisa Muñoz no cumple los requisitos que marca la ley para tner derecho a la pensión de viudedad, ya que la pareja contrajo matrimonio por el rito gitano y no estaba inscrita en el Registro Civil.
Por su parte, la Fundación Secretariado General Gitano ha anunciado la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la citada sentencia.
(SERVIMEDIA)
05 Dic 2002
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