LOS PRESUPUESTOS DEL ESTADO ESTABLECEN UNA SUBIDA DEL 5 POR CIEN PARA LOS FUNCIONARIOS
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Los empleados públicos tendrán el año que viene una subida salarial generalizada del 5 por ciento, según el el proyecto de Ley de Prespuestos del Estado para 1992, al que tuvo acceso Servimedia, que será aprobado mañana por el Consejo de Ministros.
A esa subida general se añadirán 15.000 millones de pesetas en fondos adicionales para la Administración Central, Seguridad Social y los servicios civiles del Estado, sin contar los compromisos ya pactados o en negociación en Educación y Sanidad.
Los presupuestos incluyen también una cláusula de revisión salarial para garantizar el poder adquisitivo de los funcionarios en el caso de roducirse alguna desviación respecto a las previsiones de inflación del Gobierno.
La previsión, que ha sido objeto de estudio hasta el último momento en el Ministerio de Economía, será muy probablemente del 4,5 por ciento.
La subida fijada en los Presupuestos del Estado para los empleados públicos ha sido tratada con gran sigilo por Hacienda, según informaron a Servimedia fuentes sindicales.
Para estas fuentes, esa es la razón que explica la suspensión de la reunión prevista para mañana entr el secretario de Estado para las Administraciones Públicas, Justo Zambrana, y los sindicatos representados en la mesa de la función pública (UGT, CCOO, CSIF y ELA-STV).
En la reunión estaba previsto discutir la propuesta retributiva de la Administración, que ésta se comprometió a remitir previamente hoy a todas las centrales, sin que hubiese tenido entrada en ninguna de las sedes sindicales a primera horas de esta noche.
DESCUENTOS DE HABERES
Por otra parte, el proyecto de Presupuestos del Estdo para 1992 faculta a la Administración para descontar a los empleados que no cumplan la totalidad de su jornada mensual reglamentaria una parte proporcional de sus háberes.
A este respecto, el proyecto señala textualmente que "la diferencia, en cómputo mensual, entre la jornada reglamentaria de trabajo y la efectivamente realizada por el funcionario dará lugar, salvo justificación, a la correspondiente deducción proporcional de haberes".
Otra novedad introducida en el proyecto afecta a la Ley d Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Establece que podrán compatibilizar su trabajo público con actividades privadas el personal que reciba complemento específico cuya cuantía no supere un 25 por ciento a su retribución básica.
En consecuencia, sólo podrán beneficiarse de este relajamiento de las incompatibilidades los trabajadores de los grupos de titulación más bajos.
(SERVIMEDIA)
26 Ene 1991
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