EL FISCAL MANTIENE QUE ELARCIPRESTE DE IRUN QUISO COLABORAR CON ETA Y PIDE AL SUPREMO QUE AUMENTE SU CONDENA
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La fiscalía de la Audiencia Nacional ha remitido un informe a la fiscalía del Tribunal Supremo para que presente recurso de casación contra la sentencia que condenó a 3 años de cárcel al arcipreste de Irún, José Ramón Treviño, como autor de un delito de colaboración con banda armada por cobijar en su parroquia a los etarras Iñaki Rekarte y Luis Angel Galarza el pasado mes de febrero.
l ministerio público, que había solicitado una pena de seis años de cárcel para el sacerdote, pedirá al alto tribunal que aumente la condena del procesado, ya que mantiene que su intención fue la de colaborar con la banda terrorista.
Según fuentes de la fiscalía, el escrito defiende que no puede aplicarse la eximente de estado de necesidad contemplada por el tribunal de la Audiencia Nacional, que sentenció a Treviño a la pena mínima existente para este tipo de delitos ante el conflicto de deberes (el oral y el jurídico) que le planteó la situación.
Para la fiscalía, para que exista el estado de necesidad que justifique en parte la comisión de un delito, tiene que darse una situación de peligro inminente para el infractor o que éste intente evitar con su conducta un mal mayor.
"En el presente caso, el peligro no existe porque el peligro que se alega es la persecución de Iñaki Rekarte, y tampoco el mal porque el mal que se pretende evitar es su detención", comentaron las mismas fuentes, remitiédose al escrito personado en el Tribunal Supremo.
Para la fiscalía, una persona sólo está en disposición de valorar si con su postura evita un mal, si este mal es "injusto o ilegítimo", pero si el mal está impuesto por las leyes, como en el presente caso, debe acatarlo sin más.
Según el fiscal, lo que vivió Treviño no fue un conflicto de deberes, sino "un duelo de razones entre los que se debía hacer (cumplir la norma que impide cobijar a terroristas" y lo que quería hacer, "que era colaborar conun miembro de ETA".
(SERVIMEDIA)
30 Sep 1992
C