EL BENEFICIO BRUTO DE LAS FARMACIAS SE HA REDUCIDO UN 17% EN LOS ULTIMOS CUATRO AÑOS
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo General de Colegios de Famacéuticos afirma que en los últimos cuatro años el beneficio bruto de las farmacias se ha reducido un 17%, a pesar de que las medidas aprobadas por el Gobierno y que afectaban a este sector no han frenado la demanda de medicamentos, según informaron fuentes de este organismo profesional.
Estos profesionales lamentan que el Ejecutivo no se decida a acometer los cambios estructurales necesarios para contener el gasto farmacéutico, e insisten en que pondrán en peligro la viabilidad de más de 6.000 faracias, cuyos ingresos líquidos no llegan a 200.000 pesetas mensuales, especialmente a las instaladas en zonas rurales.
"El servicio asistencial que prestan este tipo de farmacias se orienta a población de avanzada edad, que precisa en muchos casos tratamientos de precios altos. Sin embargo, con la medida adoptada se va a impedir la posibilidad de que estas farmacias puedan mantener el 'stock' que haga posible la debida atención farmacéutica en estos medicamentos de alto precio, lo que favorecerá la analización de la demanda hacia farmacias económicamente más fuertes", agregan.
También recuerdan a la ministra que estos profesionales sólo dispensan las recetas prescritas por un médico, "luego no puede incentivar la dispensación",ni determinar el precio de la especialidad farmacéutica, ni elegir las especialidades que se deben prescribir.
PRECIPITACION
En la nota, el consejo considera precipitadas las medidas aprobadas el pasado 23 de junio, y apunta la paradoja de que a partir de su pesta en marcha, en determinadas medicinas los farmacéuticos deberán aportar dinero de su propio bolsillo para realizar su dispensación. "Este es un hecho insólito que no se puede imponer a ningún ciudadano, por ser además inconstitucional".
Estiman que la medida más absurda por "inoperante" y "economicista" son los descuentos porque relega al fármaco a la consideración de "producto de consumo", cuando la Ley del Medicamento establece que éste debe tener una consideración estrictamente sanitaria y nocomercial, "desde una perspectiva de inducción al consumo.
(SERVIMEDIA)
04 Jul 2000
EBJ