Tribunales
La Fiscalía pide al Supremo que inadmita el recurso por las restricciones anticovid de Canarias
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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha trasladado su informe sobre el recurso presentado por el Gobierno de Canarias contra la decisión de su Tribunal Superior de Justicia de no ratificar el cierre perimetral de las islas que se encuentren en nivel 3 y 4 para poder hacer frente a la pandemia. El ministerio público pide en su escrito la inadmisión de plano del recurso que, a su juicio, carece de interés casacional.
El ministerio público entiende que “el recurso de casación interpuesto por la representación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias encierra una simple pretensión revisora del razonamiento empleado por el Tribunal ‘a quo’, que no se ajusta al concepto y la función del recurso de casación, sino que más bien tendría cabida en la técnica de la apelación".
Así, el fiscal jefe del área, Pedro Crespo, se opone a las alegaciones del Ejecutivo canario alegando razones técnicas y no se pronuncia sobre el fondo de la cuestión planteada, limitándose a informar de que el asunto remitido al TS no es materia casacional. En ese sentido, advierte que el Gobierno autonómico no discute una cuestión jurídica, sino la valoración que hace el tribunal cuando dice que la medida no está suficientemente justificada.
Entiende, por tanto, que el recurso de las autoridades canarias sólo busca que el Supremo fijara como criterio jurisprudencial que en situaciones excepcionales es esta pandemia, el juicio de proporcionalidad sobre medidas que adopten las autoridades sanitarias y que necesiten ratificación judicial no quede fuera de la realidad que se pretende combatir, lo que, según la Fiscalía, no es función del TS.
Insiste el fiscal en que la discrepancia que el recurso plantea “no se centra, en modo alguno, en la interpretación de la ley sino en la interpretación -valoración- del contenido concreto de las medidas propuestas, que, cabe añadir, centran la atención de la Sala de Canarias en aspectos específicos del régimen de excepciones a la limitación de movimientos que no son iguales que los que se proponían por los respectivos gobiernos autonómicos en los casos de Baleares, Madrid, Valencia, Extremadura y Galicia”, donde fueron autorizados por los respectivos Tribunales Superiores de Justicia.
Por tanto, el ministerio público cree que el Gobierno canario quiere un aval a la “discrecionalidad de la autoridad sanitaria” y pide un pronunciamiento sobre una “situación hipotética”, puesto que en la actualidad ninguna de las islas del archipiélago se encuentra en nivel 3 o 4 de alerta sanitaria.
Ese aval supondría que “las medidas de respuesta a ese presupuesto hipotético deja en realidad en manos de la Administración, ya sin control judicial concreto alguno, la ulterior apreciación fáctica de la necesidad de su aplicación”.
El fiscal recuerda que el TSJ rechazó ese cierre perimetral porque la pretensión del Ejecutivo autonómico no tiene “justificación suficiente o idónea” para unas medidas que imponen un régimen distinto para la circulación en el interior de cada isla, para los desplazamientos de una isla a otra y, también, desde el exterior del archipiélago “en determinados casos que se vinculan al favorecimiento del turismo”.
En cuanto al “diferente trato” entre los turistas con reserva en un establecimiento hotelero y las demás personas la Fiscalía se muestra coincidente con la postura del TSJ de defender “la prevalencia de los derechos a la vida y la salud pública frente al interés económico que (legítimamente, por supuesto) invoca la Administración” para excluir al turismo de esas restricciones de movilidad.
Esa diferencia de trato también la destaca el fiscal jefe Crespo al advertir de “la falta de una justificación suficientemente vinculada a la protección de la salud que explique el trato diferenciado que se dispensa a determinadas situaciones”.
(SERVIMEDIA)
18 Mayo 2021
SGR/clc